Tarifas para descanzar en paz

28 de marzo de 2017



“Derechos de entierros y funerales: de un entierro de español con cruz alta, capa y misa cantada, de obligación veinticuatro pesos y cuatro reales, y las partes han de ofrendar de obligación a su voluntad.

De un entierro de niño español con cruz alta y capa trece pesos; y si las partes lo pidieren de cruz baja, ocho pesos y cuatro reales.

Por un entierro de mestizos, mulatos y negros libres, de cruz baja diez pesos con obligación de misa rezada.

De un entierro de español de cruz baja con misa rezada, doce pesos.

De un entierro de mestizos, mulatos o negros libres, con cruz alta y capa dieciséis pesos con obligación de misa rezada.

De un entierro de niño, hijo de mestizo, negro o mulato con cruz alta y capa, nueve pesos.

De un entierro de indio laborío, negro o mulato esclavo con cruz alta, doce pesos; si fuere con cruz baja y sin capa ocho pesos, con la obligación de misa rezada.

De las posas [parada que hace el clero cuando se lleva a enterrar un cadáver para cantar el responso], si las tuviere en cualquiera entierro, le toca al cura doce pesos y vela de a libra, con obligación de responso cantado.

De la capa en cualesquier entierro, un peso separado de los derechos de arriba y en todos los entierros vela de a libra.

Por la vigilia en cualesquiera entierro cuatro pesos y candela. En el responso a los diáconos un peso y vela de a media libra y si se ofrecieren la misa, otro peso. Advierte que la cera se pone en los túmulos y entierros y musa de cuerpo presente, se reputa por ofrenda sacada la octava parte para el sacristán, portan el cura y fábrica de mitad.

Por cualquiera misa rezada se ha de dar de limosna un peso; por cualquiera misa cantada de conmemoración de difunto o vigilia, ocho pesos al cura y su fuere con vigilia o víspera, doce pesos, y su fuere con diácono, lo que para esto está asignado, y a todos tres preste y diácono en las misas de difunto candelas en los responsos y se han de ofrendar éstas de obligación en lo que las partes quisieren.

De un entierro de un niño hijo de indios laborío, negro o mulato esclavo con cruz alta y capa, nueve pesos, y si fuere de cruz baja, seis pesos y se advierte que el cura no ha de compeler a las partes a que los traigan a la iglesia el cuerpo estando en el lugar sino que ha de ir por él. Adviértase que el cura ha de cobrar los entierros que se hicieren dentro de su beneficio y de sus feligreses es a saber, indios laboríos y otros sirvientes de los vecinos, aunque se entierren en otras iglesias porque no se les usurpen sus derechos”.

“Por el novenario de misas rezadas de testamento, a dos pesos por cada una con su responso. Y por las misas cantadas del novenario a ocho pesos por cada una con su responso, y en cada una candela de a libra, y a los diáconos de a media, y si fueren con vigilia estas misas pagarán por cada vigilia cinco pesos al cura, y a los diáconos la tasa que queda referida, y se ha de ofrendar la última misa, y la cera se ha de partir como queda dicho. Por un párvulo mulato libre, nueve pesos al cura”.


Texto de finales del siglo XVII y corresponde al Obispado de Guadalajara.

1.- Jiménez, Alfredo. El gran norte de México: Una frontera imperial en la Nueva España 1540-1820. Editorial Tebar. Madrid, 2006.  pp. 258-359





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